Foro de constitucionalistas en la Asamblea Nacional
Publicado: 25 Enero 2013 | 05:01 p.m.
El abogado Herman Escará aseguró que quienes se oponen a la decisión del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) que decretó la continuidad administrativa del presidente Hugo Chávez, y el tren ministerial, no cuestionaron el decreto del 12 de abril de 2002 que disolvió la AN y el resto de los poderes públicos.
Escarrá intervinó este viernes en un foro organizado por el Parlamento en el que revisan "la constitucionalidad del gobierno", en el que también participaron los diputados Elvis Amoroso y Calixto Ortega.
Subrayó que a principio del gobierno Bolivariano surgieron términos como “Democracia sin pueblo”, y se estudió como podía existir una Republica sin pueblo, negándole la consultan en materia legislativa al pueblo.
Una de las principales ideas que implementa el liderazgo del presidente Chávez es la consulta popular para la construcción de las leyes que establecen los deberes y derechos del pueblo de la tierra de Bolívar, puntualizó.
Durante la actividad se dio a conocer públicamente el manifiesto de las abogadas y abogados socialistas en apoyo a la continuidad administrativa del gobierno del Jefe de Estado, reelecto con el voto mayoritario del pueblo venezolano el pasado 7 de octubre de 2012.
Escarra destacó este viernes que la supremacía y la soberanía del pueblo convocó al proceso constituyente de 1999, que dio como resultado la Constitución Nacional que rige en la actualidad a Venezuela. Subrayó que la Carta Magna se ha convertido en un marco de referencia fundamental tanto para países de América Latina como para naciones del resto del mundo.
"La supremacía del pueblo y la soberanía del pueblo convocó al proceso constituyente para darnos la actual Constitución, que rige la vida los venezolanos", expresó en la Conferencia Magistral "Constitucionalidad en Venezuela", que ofreció desde el Palacio Federal Legislativo en Caracas.
"La idea y el dilema eran: o íbamos a una confrontación violenta o de verdad estábamos dispuestos a acabar con lo que quedaba de República, o por el contrario, la convocatoria al pueblo nos debía llevar al único proceso constituyente de Venezuela que tuvo y tiene carácter democrático", añadió en transmisión del canal de la Asamblea Nacional ANTV.
La Constitución Nacional de 1999 está basada en valores de independencia, justicia, libertad, autodeterminación nacional, así como en un Estado democrático y de justicia social. Escarrá afirmó este viernes que la voluntad popular y el bienestar del pueblo y la República están por encima de cualquier otro hecho, en respuesta a los actores de la derecha venezolana, quienes aseguran que el presidente Hugo Chávez está incurriendo en una falta absoluta al no juramentarse el pasado 10 de enero.
"Pudiéramos decir que no me gusta la sentencia (emitida por el Tribunal Supremo de Justicia), pero resulta que esta sentencia es histórica porque responde a los fines constitucionales, estabilidad de la República y al principio de soberanía del pueblo frente al poder constituido".
Escarrá recordó que el presidente reelecto Hugo Chávez se encuentra en una situación de permiso de conformidad al artículo 231 de la Constitución Nacional que le permite estar fuera del territorio nacional, lo cual fue ratificado por unanimidad por los parlamentarios de la Asamblea Nacional y los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia.
"La norma en cuestión dice que el Presidente electo, no reelecto, ciertamente debe juramentarse para tomar posesión de su cargo y luego agrega que si por un motivo o hecho sobrevenido no puede hacerlo entonces se juramentará ante el TSJ", señaló durante una Conferencia Magistral sobre la Constitucionalidad del Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela.
Recalcó que la autorización parlamentaria para que el Presidente se ausentara se dio por unanimidad, en ese sentido, dijo que el presidente Hugo Chávez no engañó a nadie. "No había hecho sobrevenido porque todos sabíamos que estaba enfermo".
Explicó que el artículo 231 de la Carta Magna al decir "hecho sobrevenido" excluye al Jefe de Estado en las faltas absolutas y temporales, señaló que en tal caso este articulado debió haber dicho "de conformidad a los artículos que se refieren a las faltas absolutas", y no lo dijo.
"El permiso tiene que ver con una situación de salud, no se trata de otro hecho que se pudiera manejar de manera contingente y temporal", dijo. Por tanto, el abogado constitucionalista reiteró que primero está la voluntad popular, el bienestar del pueblo, la República ante cualquier otro hecho.
Recordó que el artículo 5 señala que la soberanía reside intransferiblemente en el pueblo y la ejerce directamente mediante el sufragio, pero agrega que los órganos del Estado emanan de la soberanía popular y a ellos están sometidos. "Esta frase forma parte de la autoconciencia constitucional y otros la llaman fórmula política de la Constitución", agregó.
Asimismo, comentó que la sentencia emitida por el máximo tribunal de la República reconoce que sí es indispensable y fundamental la juramentación del presidente Hugo Chávez para un nuevo período presidencial, sin embargo explicó que en esta oportunidad producto de un permiso por cuestiones de salud no se ha podido realizar
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