Publicado en la Gaceta Oficial número 40.151
Publicado: 23 Abril 2013 | 01:38 p.m
Fue publicado en la Gaceta Oficial número 40.151, del lunes 22 de abril de 2013, el decreto mediante el cual se ordena la supresión del Ministerio del Poder Popular de Planificación y Finanzas y se crea el Ministerio del Poder Popular de Finanzas (MF) y el Ministerio del Poder Popular de Planificación, respectivamente.
Dentro de las competencias que tendrá el Ministerio del Poder Popular de Finanzas está la regulación, formulación y seguimiento de políticas; la planificación y realización de las actividades del Ejecutivo Nacional en materia financiera y fiscal, entre otras importantes atribuciones.
Los órganos y servicios desconcentrados que le rendirán cuentas al MF serán elServicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), la Oficina Nacional de Presupuesto (Onapre), la Oficina Nacional de Contabilidad Pública (Oncop), la Oficina Nacional del Tesoro (ONT) y la Oficina Nacional de Crédito Público.
Igualmente serán órganos y servicios desconcentrados del MF el Fondo de Prestaciones de los Organismos de la Administración Central, la Comisión Nacional de Loterías (Conalot), la Superintendencia de la Actividad Aseguradora (Sedeaseg), la Superintendencia de Cajas de Ahorro (Sudeca), la Superintendencia de Bienes Públicos, la Comisión de Administración de Divisas (Cadivi), la Escuela Nacional de Administración y Hacienda Pública Instituto Universitario de Tecnología (Enahp-IUT) y la Corporación de la Banca Pública.
Entes adscritos al MF
Se adscriben a la institución gubernamental la Comisión Nacional de Valores (CNV), la Superintendencia de Bancos y otras Instituciones Financieras (Sudeban), el Fondo de Protección Social de los Depósitos Bancarios (Fogade), la Sociedad Nacional de Garantías Recíprocas para la Pequeña y Mediana Industrial (Sogampi).
También se encuentran como entes adcritos al MF el Fondo Nacional de Garantías Recíprocas para la Pequeña y Mediana Empresa, S.A, (Fonpyme), la Sociedad de Capital de Riesgo Venezuela, C.A, la Sociedad de Garantías Recíprocas para el Sector Agropecuario, Forestal, Pesquero y Afines, S.A.
El Fondo de Desarrollo Nacional (Fonden) será otro de los entes que quedará adscrito al Ministerio de Finanzas, además de los Fondos Financieros Bilaterales y Multilaterales.
Los bancos del Tesoro, Industrial de Venezuela, de Venezuela, Bicentenario Banco Universal, de Comercio Exterior y de Desarrollo Económico y Social (Bandes), de igual modo serán entes adscritos al Ministerio de Finanzas.
Además de Seguros La Previsora y la Corporación para el Fomento de la Inversión Turística de la Península de Paraguaná (Corpotulipa).
Se estableció un lapso de 180 días contados a partir de la entrada en vigencia del decreto para que los ministerios asuman el efectivo ejercicio de todas las competencias que le han sido asignadas y que venían siendo ejercidas por elMinisterio del Poder Popular de Planificación y Finanzas.
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