La medida queda establecida en Gaceta Oficial número 40.382, de fecha viernes 28 de marzo, que circula este lunes.
La Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Viviendas estableció las normas para que los propietarios y arrendadores de edificios que tengan 20 años o más dedicados al arrendamiento los oferten en venta a sus arrendatarios o arrendatarias.
La medida queda establecida en Gaceta Oficial número 40.382, de fecha viernes 28 de marzo, que circula este lunes.
Los propietarios, propietarias, arrendadores y arrendadoras de edificios que tengan 20 años o más dedicados al alquiler, deberán ofertar en venta los inmuebles a sus arrendatarios en un lapso de 60 días hábiles, a partir de la vigencia de las presentes normas.
“La oferta de venta a que se hace referencia deberá hacerse de conformidad a lo establecido en el Título VI De la Preferencia Ofertiva de la Ley para Regulación y Control de los Arrendamientos de Vivienda”.
Asimismo, se indica que el propietario o arrendador de edificios que tengan 20 años o más dedicados al arrendamiento propiedad de multiarrendadores que no dé cumplimiento a lo establecido en la presente providencia administrativa, será multado con 2.000 Unidades Tributarias por cada unidad de vivienda que no oferte. La multa deberá cancelarse en un lapso de 5 días hábiles una vez determinado el incumplimiento.
Fuente/laiguanatv
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