Publicado: 15 Abril 2013 | 08:44 p.m
El material electoral que no sea objeto de impugnación administrativa o recurso judicial podrá ser objeto de destrucción, después de transcurridos seis meses de la celebración de un proceso electoral.
El procedimiento para la destrucción del material será establecido por el Consejo Nacional Electoral mediante Reglamento.
En Venezuela hubo eventos de incineración de material electoral el 21 de agosto de 2012 y el 19 de septiembre de 2010.
Desde el comando antichávez y usando las redes sociales han usado estas imágenes para impulsar la tesis de un fraude.

No hay comentarios:
Publicar un comentario
Los comentarios expresados en esta página sólo representan la opinión de las personas que los emiten. Socialista Sur Noticias no se hace responsable por los mismos y se reserva el derecho de publicar aquellos que sean denigrantes, ofensivos, difamatorios, que estén fuera de contexto y/o que atenten contra la dignidad de una persona o grupo social. No se permitirá la inclusión de números telefónicos, los mismos serán eliminados por su propia seguridad. Recuerde ser breve y conciso en sus planteamientos.